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ACTIVIDAD 4. CERTIFICACIONES

Mediante la emisión de certificados no sólo se garantiza la calidad de los productos, sino también de los procesos de envío, empaquetado, conservación, entre otros.

Certificaciones importantes
Dependiendo del producto a exportar se determina la certificación que debe tener. Dicha acreditación es emitida por dependencias determinadas por los gobiernos de cada país.
En Estados Unidos el ingreso de productos vegetales, animales o vinculados a la alimentación está sujeto a la presentación de certificados que dejen constancia de su inocuidad. De esta forma, los alimentos procesados, medicamentos en general, plaguicidas o cosméticos, deberán acompañarse de certificados sanitarios. En el caso de productos agrícolas sin procesamiento industrial, tales como frutas o verduras, se deberá presentar un certificado fitosanitario. Los productos provenientes de animales deberán contar con certificados zosanitarios.


Más allá de tales certificados, el exportador deberá encontrarse inscripto en un padrón de la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA por sus siglas en inglés).
El requisito de registro se aplica sobre cualquier empresa que produce, procesa, empaca o almacena alimentos o bebidas destinadas al consumo humano o animal en Estados Unidos.
Este registro no abarca un alimento específico, sino a la empresa y sus instalaciones. Asimismo, al momento de exportar, y con una antelación mínima de cinco días al arribo de la mercancía, el exportador deberá remitir a la FDA un formulario donde declara la llegada de la exportación; se trata de un requerimiento clave surgido a partir de la aplicación de la Ley Antiterrorismo.

Certificado de CITES

La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) ha determinado que toda importación de especies amparadas debe autorizarse mediante un sistema de concesión de licencias.

Tanto los Estados Unidos como México son países parte de la CITES. En México, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), por conducto de la Dirección General de Vida Silvestre (DGVS), es la Autoridad Administrativa encargada de emitir y revisar permisos y certificados.

Certificado de Origen

El certificado de origen (o prueba de origen) es el documento que permite a un importador o exportador acreditar el país o región de donde se considera originaria una mercancía. Este certificado es necesario para que una empresa importadora obtenga la preferencia arancelaria negociada en un Tratado o en un Acuerdo comercial suscrito por su país.

Los formatos de certificado de origen están establecidos en cada uno de los Tratados de Libre Comercio y en los Acuerdos Comerciales Internacionales firmados por México, es decir, no existe un formato único aplicable a todos los Tratados o Acuerdos Comerciales Internacionales de referencia.

El proceso para determinar que un bien califica como originario es conocido como Certificación de Origen. Para las operaciones entre México y Estados Unidos aplica el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), con lo que el certificado de origen sólo debe ser llenado y firmado por el Exportador o por el Productor del bien de que se trate.

NORMA OFICIAL 

Clave             Fecha         Descripción
NOM-020-SCFI-1997 1998-04-27 Información comercial- Etiquetado de cueros y pieles curtidas naturales y materiales sintéticos o artificiales con esa apariencia, calzado, marroquinería así como los productos elaborados con dichos materiales
.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-020-SCFI-1997, INFORMACIÓN COMERCIAL-ETIQUETADO DE CUEROS Y PIELES CURTIDAS NATURALES Y MATERIALES SINTÉTICOS O ARTIFICIALES CON ESA APARIENCIA, CALZADO, MARROQUINERÍA, ASI COMO LOS PRODUCTOS ELABORADOS CON DICHOS MATERIALES PREFACIO En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes empresas e instituciones: 
- ADIDAS DE MEXICO, S.A. DE C.V. 
- ASOCIACIÓN DE AGENTES ADUANALES DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A.C. 
- ASOCIACIÓN NACIONAL DE IMPORTADORES Y EXPORTADORES DE LA REPÚBLICA MEXICANA, A.C. 
- ASOCIACIÓN NACIONAL DE TIENDAS DE AUTOSERVICIO Y DEPARTAMENTALES, A.C. 
- CÁMARA DE LA INDUSTRIA DE CURTIDURIA DEL ESTADO DE GUANAJUATO
- CÁMARA DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO DEL ESTADO DE GUANAJUATO 
- CÁMARA DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO DEL ESTADO DE JALISCO 
- CAMARA NACIONAL DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO 
- CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE CURTIDURIA 
- CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO 
- CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE TRANSFORMACIÓN 
- CÁMARA REGIONAL DE LA INDUSTRIA DE CURTIDURIA EN JALISCO 
- CENTRO DE INVESTIGACION Y ASESORIA TECNOLOGICA EN CUERO Y CALZADO 
- CONFEDERACION DE CAMARAS NACIONALES DE COMERCIO 
- CONSEJO NACIONAL DE CÁMARAS DE CALZADO 
- FEDERACION DE CAMARAS DE CURTIDURÍA DE LA REPÚBLICA MEXICANA 
- FILA DE MEXICO, S.A. DE C.V. 
- GRENDINE DE MÉXICO, S.A. DE C.V. 
- INDITEX, S.A. 
- J.C. PENNEY COMERCIALIZADORA, S.A. DE C.V. 
- NIKE DE MEXICO, S.A. DE C.V. 
- PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR 
- REEBOK DE MEXICO, S.A. DE C.V. 
- SECRETARIA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL 
Subsecretaría de Negociaciones Comerciales Internacionales 
Dirección General de Promoción Industrial Dirección General de Normas

INFORMACIÓN COMERCIAL 

1. Etiquetado y/o marcado de productos terminados 
Todos los materiales y productos terminados objeto de esta Norma, deben marcarse en idioma español en forma permanente y lugar visible con la información siguiente: 
a) Nombre, denominación o razón social completo o abreviado del fabricante nacional o importador o su marca registrada. 
b) La leyenda "Hecho (u otros análogos) en México" o bien, el nombre del país de origen. 
c) Definición genérica o específica de los materiales y opcionalmente su acabado. (Esta información puede ser ostentada en una etiqueta). 

1.1 Los comerciantes no son responsables de la fidelidad de los datos que reciben de los fabricantes pero sí lo son si los productos o artículos no los ostentan en la forma requerida por esta Norma Oficial Mexicana. Los comerciantes que deseen que su marca registrada aparezca en el producto o artículo, pueden solicitarlo al fabricante de tal manera que esta indicación no obstruya los datos del marcado. 

1.2 Para los efectos de esta Norma deben especificarse claramente los principales elementos de los artículos elaborados con piel o de productos con esa apariencia o de sus substitutos de otros materiales. 

a) En el calzado: el corte, el forro y la suela. Cuando exista combinación de dos o más materiales dentro de alguna de estas tres partes, debe especificarse el que predomine. 
b) En las prendas de vestir como abrigos, chamarras, sacos, pantalones, faldas, bolsas para dama, guantes, cinturones y artículos para viaje como velices, portafolios, mochilas, etc., la parte externa del producto y el forro.
c) En artículos como monederos, carteras, billeteras, llaveros, estuches, artículos para escritorio, para oficina, deportivos y otros no especificados, se deben indicar el material de la vista, sin considerar armazones, divisiones y otras partes, excepto el forro cuando éste sea piel.
d) En los artículos de cuero para uso industrial, como son los rollos de banda de cuero, artículos tales como refacciones de cuero, empaques de cuero, etc., únicamente debe marcarse en un lugar visible de su embalaje.
e) Cuando los artículos a que se refiere esta Norma se comercialicen como pares, la información podrá presentarse en una o ambas piezas.

Etiquetado y/o marcado de piel y cuero curtido

a) Las pieles o cueros curtidos únicamente deben marcarse en un lugar visible de su embalaje, pudiendo hacerlo mediante etiqueta adherida de acuerdo a las definiciones establecidas en el capítulo 3. A elección del fabricante, puede anteponerse la palabra piel o cuero y/o nombre genérico o específico como se muestra a continuación:
- Los genéricos: vacuno, equino, caprino u otros.
- Los específicos: becerro, ternera, cabra, tiburón u otros.
- Los dos términos, genérico y específico, como se muestra a continuación:
* vacuno; piel de becerro.
* ovino; piel de cordero.

b) Si se usan los términos de acabado como ante y gamuza, deben indicarse en el mismo tipo de tamaño de letra, primeramente el nombre específico del animal del que proviene y a continuación la palabra acabado. Ejemplos:
Ternera acabado ante.
Ternera acabado gamuza.
Carnaza acabado gamuza.
Carnaza acabado ante.

Etiquetado y/o marcado de materiales artificiales o sintéticos

Los materiales terminados con apariencia de piel, cuando se encuentren enrollados se pueden marcar colocando una etiqueta dentro de la bobina y cuando estén en forma de plancha u hojas se deben marcar por medio de etiquetas adheridas o colgadas firmemente. Dichos materiales deben estar marcados con impresión o etiqueta en forma legible y en lugar visible, ostentando una leyenda en español con los datos que se indican en el presente capítulo.

Nomenclatura
Los materiales y productos terminados a que se refiere esta Norma, deben indicar en sus notas de venta o facturas al mayoreo, el nombre específico o genérico del material principal de los productos terminados.

En Exportación
Certificado CITES o autorización SEMARNATe inspección PROFEPA (Únicamente cuando se trate de productos y subproductos derivados de las especies de vida silvestre del artículo 1 del Acuerdo, que estén listadas en los apéndices de la CITES o en la NOM-059-SEMARNAT-2001 y se destinen al régimen definitivo, temporal o depósito fiscal)

CITAS APA

SICEX. (2012). Tarifa de la Ley de Impuestos. 2012, de Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) Sitio web: http://www.siicex-caaarem.org.mx/Bases/TIGIE2002.nsf/d58945443a3d19d886256bab00510b2e/3b88d1bd634ec6e306256b49007295e1?OpenDocument

Yanin Alfaro y Franck Velázquez. (2019). ¿Quieres exportar? Esta es la GUÍA COMPLETA que necesitas para vender tu producto en el extranjero con éxito. Marzo 26, 2019 , de Entrepenur Sitio web: https://www.entrepreneur.com/article/331145


GrupoEi Comercio Exterior. (2018). CERTIFICACIONES IMPORTANTES PARA EXPORTAR A ESTADOS UNIDOS. 09 de enero, 2018, de Grupo Ei Sitio web: https://blog.grupoei.com.mx/certificaciones-importantes-para-exportar-a-eu



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