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ACTIVIDAD 3. DEFINIENDO EL PAIS RECEPTOR


PAIS RECEPTOR: Estados Unidos

En primer lugar, los bolsos suponen la mayor cuota de mercado dentro del sector en Estados Unidos con una posición que se ha visto consolidada en los últimos años. En segundo lugar, le siguen los bolsos de viaje y de deporte, si bien éstos han experimentado un notable descenso.

Siendo las dos líneas de producto anteriormente mencionadas las que representan aproximadamente un 70% del sector en Estados Unidos, a continuación se sitúan los artículos de equipaje y maletines seguidos de los artículos personales de cuero, entre los cuales se encuentran los diarios o las fundas de las agendas PDA.

La creciente popularidad de las mochilas por la cual su uso ya no se limita al colegio o para ir de acampada explica su mayor peso relativo en el sector en los últimos años. Por último, existe también un mercado para los candados de equipaje alimentado en parte por la necesidad de asegurar el mismo a la hora de viajar.
El volumen de importaciones de artículos de marroquinería por parte de Estados Unidos ha ido incrementándose sucesivamente en los últimos años.

Estados Unidos presenta una balanza comercial con saldo neto importador de artículos de marroquinería. En efecto, aproximadamente un 85% del comercio de dichos artículos en términos de valor es importado.
Los diez principales países de los que Estados Unidos importa marroquinería suponen en torno a un 95% de sus importaciones totales. De entre estos países destaca China. Italia y Francia se sitúan como segundo y tercer país respectivamente proveedores de objetos de marroquinería.

Imagen relacionadaUn estudio realizado por Fresh Frontiers de American Express, el cual incluye una investigación del Centro Económico Empresarial reveló que 91% de los encuestados mexicanos cree que las oportunidades para el comercio internacional están aumentando en casi dos tercios, y 62% está buscando comercializar con nuevos países en los próximos 12 meses.

Las empresas mexicanas con actividad en el extranjero confían en su estrategia de comercio global. Sin embargo, la mitad está a la expectativa de las actuales negociaciones comerciales y del posible impacto en la estrategia comercial de su organización.
El 96% de los entrevistados mexicanos coincide que la tecnología digital facilita el negocio entre países y que el panorama actual es el mejor momento para reevaluar el nuevo potencial del comercio internacional.

Tipo de relación comercial de México con el país receptor.

México y Estados Unidos cuentan con diversos mecanismos formales de diálogo y negociación que integran una de las estructuras institucionales más diversas y completas en el mundo. La agenda entre los dos países es amplia e incide de manera directa en ambas sociedades.

México y Estados Unidos mantienen lazos económicos y comerciales que se han fortalecido con la firma del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, junto con Canadá.

México es el tercer socio comercial de Estados Unidos y el primer destino de las exportaciones de California, Arizona y Texas, y el segundo mercado para otros 20 estados. Aproximadamente cinco millones de empleos en Estados Unidos dependen del comercio con México y cada minuto se comercia cerca de un millón de dólares. La frontera de 3,140 km. que une a México y Estados Unidos es la más transitada del mundo. Un millón de personas y trescientos mil vehículos cruzan diariamente esta frontera.

Tipo de promoción utilizó el país demandante para difundir sus necesidades comerciales.

El objetivo del DEAN es promover la competitividad de la región y conferir una visión estratégica integral a los intensos vínculos comerciales existentes entre ambos países.

El DEAN se concentra en:
·         a)promover la competitividad y la conectividad
·         b) fomentar el crecimiento económico, la productividad, el emprendimiento y la innovación, y
·         c)ejercicio conjunto de un liderazgo regional y global.

Está constituido por funcionarios a nivel Secretario, con la participación de las dependencias correspondientes de ambos gobiernos, y sesiona de forma anual. Las Secretarías de Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, y Economía son las responsables de coordinar las actividades de la parte mexicana.

El Diálogo fortalece los mecanismos bilaterales existentes y evita la duplicidad de esfuerzos. Mantiene un enfoque flexible para atender las necesidades y circunstancias de la relación económica bilateral, y busca reforzar la interlocución con la sociedad civil y el sector privado.

El DEAN se ha constituido en una plataforma eficaz para avanzar las prioridades económicas y comerciales estratégicas de ambos países. El mecanismo ha producido logros importantes en varios de los rubros, como emprendimiento, energía, promoción de inversión, infraestructura fronteriza, transportes y telecomunicaciones.

Regulaciones y restricciones Arancelarias y no Arancelarias del producto exportable. 

El sector de la marroquinería comprende la manufactura de artículos de piel o tafilete, como carteras, petacas, maletas, etc. Se trata de productos que a su vez se clasifican en distintas categorías según los materiales utilizados en su fabricación, según su proceso de producción (artesanal o industrial) e incluso por su uso y tamaño.



Este sector comprende una gama de productos de fácil comercialización en lo que a su volumen y peso se refiere, constituidos por piezas cortadas en cuero, unidas mediante costura, pegamento o algún otro método, de modo que formen el producto final.

Clasificación  Arancelaria

Estados Unidos aplica la nomenclatura del sistema armonizado (Harmonized System) para
clasificar las importaciones. Por tanto, éste será el sistema empleado en el estudio.
Bajo el capítulo 42 del arancel, se analizan las siguientes subpartidas de la partida 4202 por ser las que mejor reflejan el conjunto de productos agrupados bajo el término “marroquinería”:
4202.11.0030 Attache, portafolios, maletines en cuero
4202.21.6000 Bolsos por valor no superior a 20 dólares
4202.21.9000 Bolsos por valor superior a 20 dólares
4202.31.6000 Artículos pequeños para llevar en bolsillos y bolsos (en cuero, no de pieles de
reptil)

Las ocho empresas manufactureras mayores apenas representan el 10% de la producción total.
Este elevado descenso es explicable en buena medida por la tendencia cada vez más generalizada en el sector de externalizar la producción a terceros mercados cuyo coste de mano de obra resulta inferior. Este es el caso de grandes compañías como Coach Inc y Samsonite.




Regulaciones no arancelarias

  • Contar con las normas técnicas del producto.
  • Contar con las normas fitosanitarias y certificaciones correspondientes.
  • Contar con las normas de calidad y su certificación necesaria.
  • Contar con los permisos de importación
  • Factura comercial
  • Lista de empaque
  • Certificado de origen
  • Documento del transporte a utilizar
  • Documentos que avalen el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias

Tratados y acuerdos comerciales de México con Estados Unidos.

  • USMCA o T-MEC, entre México, Estados Unidos y Canadá, tipo Tratado.
  • MOU SE-Estados Unidos sobre Cooperación Ambiental y Comercial, entre México y Estados Unidos, tipo Acuerdo Interinstitucional.
  • Acuerdo para el Fomento de la Inversión México-EUA, entre México y Estados Unidos, tipo Tratado.
  • Acuerdo SE-USTR- DOS sobre el Comercio de Cemento, entre México y Estados Unidos, tipo Acuerdo Interinstitucional.
  • Memorando de Entendimiento de Transporte Transfronterizo SE-DOT, entre México y Estados Unidos, tipo Acuerdo Interinstitucional.
  • MOU Marco de Emprendimiento e Innovación México-EUA, entre México y Estados Unidos, tipo Acuerdo Interinstitucional.
  • MOU SE-California, entre México y Estados Unidos, tipo Acuerdo Interinstitucional.
  • MOU SE-EUA Exportación Tomates, entre México y Estados Unidos, tipo Acuerdo Interinstitucional.
  • MOU Mex-EUA Promoción Pymes, entre México y Estados Unidos, tipo Acuerdo Interinstitucional.
    Marco Consejo sobre Emprendimiento México - EE.UU., entre México y Estados Unidos, tipo Acuerdo Interinstitucional.
  • MOU Promoción Empresarial México - EE.UU., entre México y Estados Unidos, tipo Acuerdo Interinstitucional.
  • Carta Intención entre SE y Autoridad de Comercio Arizona, entre México y Estados Unidos, tipo Acuerdo Interinstitucional.
  • Acuerdo de entre la Administración de Desarrollo Económico DOT EE.UU. e INADEM, entre México y Estados Unidos, tipo Acuerdo Interinstitucional.
  • MOU entre la SE y la Alcandía de Tucson, entre México y Estados Unidos, tipo Acuerdo Interinstitucional.

¿Cuáles son las oportunidades de negocio que tienen las empresas mexicanas para incursionar en el mercado internacional?

Las ventajas competitivas que ofrece naturalmente el país, la política implementada por el Estado en materia de comercio exterior durante las últimas dos décadas ha sido de una constante desregulación y fomento a las exportaciones, lo cual ha puesto a disposición tanto de las pequeñas y medianas empresas como de aquellas multinacionales que se instalan en México, una serie de instrumentos y programas que les permiten minimizar su carga administrativa, impositiva y arancelaria. 

Una red de tratados de libre comercio compuestos por 12 instrumentos de intercambio comercial que otorgan acceso arancelario preferencial a 44 países del mundo. Además, la firma de Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de las inversiones con 24 países, ha potencializado el atractivo del territorio nacional para el inversionista extranjero. 

Programas como el creado por el Decreto para la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (INMEX) o los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC), así como la implementación reciente de la figura de los Recintos Fiscalizados Estratégicos, brindan a los empresarios mexicanos y extranjeros diversas opciones para evitar o diferir el pago de impuestos en el comercio global de sus insumos y productos terminados en un entorno tanto de manufactura como de distribución. 

¿Cuáles serían los países que requieren mayor número de productos de origen nacional?

Son muchos los países que requieren productos mexicanos, sobre todo en el sector agropecuario y manufactura de alimentos. Aun si analizamos en el mapa de exportaciones de México podemos percatarnos que en la zona norte prevalece la manufactura. 





Regulación Arancelaria

Las importaciones de Estados Unidos provenientes de México no gravan arancel –o un arancel muy inferior al establecido incluso bajo el TLCAN- debido a que contienen componentes estadounidenses; en 2000 la United States International Trade Commission (USITC 2001), por ejemplo estableció para las importaciones de calzado de México que a 8 dígitos del Sistema Armonizado que las fracciones libre de arancel representaban el 79% de las importaciones y que en algunos casos –como por ejemplo el calzado sintético y de tela (fracciones 64081935, 64091950 y 64091970) – el arancel efectivo era muy inferior al estipulado incluso en el TLCAN debido a que el 67% del total de éstas importaciones mexicanas integraban componentes estadounidenses. 



Regulación no Arancelaria
  •        Tener permiso de exportación
  •        Tener normas de calidad y certificación
  •        Tener factura comercial
  •        Certificado de origen
  •        Tener normas técnicas del producto
  •        Guías de embarque
  •    Contar con documentos que comprueben el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias.
Describe que tipo de promoción utilizó el país demandante para difundir sus necesidades comerciales.

A partir del Tratado de Libre Comercio, se establecieron nuevas estrategias que permitieran no solo crecer, sino también mantener nuestro producto en el mercado exterior: se implementaron estrictas normas de calidad para ofrecer un producto 100% natural y de excelente calidad para exportarlo y ser competitivo en un mercado también productor de este alimento. Hay que destacar que lo que ha sido relevante para la exportación del jitomate mexicano ha sido su precio.

NORMA OFICIAL 


Clave
Fecha
Descripción
1998-04-27
Información comercial- Etiquetado de cueros y pieles curtidas naturales y materiales sintéticos o artificiales con esa apariencia,calzado, marroquineria así como los productos elaborados con dichos materiales.


 NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-020-SCFI-1997, INFORMACION COMERCIAL-ETIQUETADO DE CUEROS Y PIELES CURTIDAS NATURALES Y MATERIALES SINTETICOS O ARTIFICIALES CON ESA APARIENCIA, CALZADO, MARROQUINERIA, ASI COMO LOS PRODUCTOS ELABORADOS CON DICHOS MATERIALES PREFACIO En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes empresas e instituciones:

- ADIDAS DE MEXICO, S.A. DE C.V.
- ASOCIACION DE AGENTES ADUANALES DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, A.C.
- ASOCIACION NACIONAL DE IMPORTADORES Y EXPORTADORES DE LA REPUBLICA MEXICANA, A.C.
- ASOCIACION NACIONAL DE TIENDAS DE AUTOSERVICIO Y DEPARTAMENTALES, A.C.
- CAMARA DE LA INDUSTRIA DE CURTIDURIA DEL ESTADO DE GUANAJUATO
- CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO DEL ESTADO DE GUANAJUATO
- CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO DEL ESTADO DE JALISCO
- CAMARA NACIONAL DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MEXICO
- CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE CURTIDURIA
- CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO
- CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE TRANSFORMACION
- CAMARA REGIONAL DE LA INDUSTRIA DE CURTIDURIA EN JALISCO
- CENTRO DE INVESTIGACION Y ASESORIA TECNOLOGICA EN CUERO Y CALZADO
- CONFEDERACION DE CAMARAS NACIONALES DE COMERCIO
- CONSEJO NACIONAL DE CAMARAS DE CALZADO
- FEDERACION DE CAMARAS DE CURTIDURIA DE LA REPUBLICA MEXICANA
- FILA DE MEXICO, S.A. DE C.V.
- GRENDINE DE MEXICO, S.A. DE C.V.
- INDITEX, S.A.
- J.C. PENNEY COMERCIALIZADORA, S.A. DE C.V.
- NIKE DE MEXICO, S.A. DE C.V.
- PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
- REEBOK DE MEXICO, S.A. DE C.V.
- SECRETARIA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL
Subsecretaría de Negociaciones Comerciales Internacionales
Dirección General de Promoción Industrial Dirección General de Normas

INFORMACIÓN COMERCIAL

1. Etiquetado y/o marcado de productos terminados
Todos los materiales y productos terminados objeto de esta Norma, deben marcarse en idioma español en forma permanente y lugar visible con la información siguiente:
a) Nombre, denominación o razón social completo o abreviado del fabricante nacional o importador o su marca registrada.
b) La leyenda "Hecho (u otros análogos) en México" o bien, el nombre del país de origen.
c) Definición genérica o específica de los materiales y opcionalmente su acabado. (Esta información puede ser ostentada en una etiqueta).
1.1 Los comerciantes no son responsables de la fidelidad de los datos que reciben de los fabricantes pero sí lo son si los productos o artículos no los ostentan en la forma requerida por esta Norma Oficial Mexicana. Los comerciantes que deseen que su marca registrada aparezca en el producto o artículo, pueden solicitarlo al fabricante de tal manera que esta indicación no obstruya los datos del marcado.
1.2 Para los efectos de esta Norma deben especificarse claramente los principales elementos de los artículos elaborados con piel o de productos con esa apariencia o de sus substitutos de otros materiales.
a) En el calzado: el corte, el forro y la suela. Cuando exista combinación de dos o más materiales dentro de alguna de estas tres partes, debe especificarse el que predomine.
b) En las prendas de vestir como abrigos, chamarras, sacos, pantalones, faldas, bolsas para dama, guantes, cinturones y artículos para viaje como velices, portafolios, mochilas, etc., la parte externa del producto y el forro.
c) En artículos como monederos, carteras, billeteras, llaveros, estuches, artículos para escritorio, para oficina, deportivos y otros no especificados, se deben indicar el material de la vista, sin considerar armazones, divisiones y otras partes, excepto el forro cuando éste sea piel.
d) En los artículos de cuero para uso industrial, como son los rollos de banda de cuero, artículos tales como refacciones de cuero, empaques de cuero, etc., únicamente debe marcarse en un lugar visible de su embalaje.
e) Cuando los artículos a que se refiere esta Norma se comercialicen como pares, la información podrá presentarse en una o ambas piezas.

Etiquetado y/o marcado de piel y cuero curtido
a) Las pieles o cueros curtidos únicamente deben marcarse en un lugar visible de su embalaje, pudiendo hacerlo mediante etiqueta adherida de acuerdo a las definiciones establecidas en el capítulo 3. A elección del fabricante, puede anteponerse la palabra piel o cuero y/o nombre genérico o específico como se muestra a continuación:
- Los genéricos: vacuno, equino, caprino u otros.
- Los específicos: becerro, ternera, cabra, tiburón u otros.
- Los dos términos, genérico y específico, como se muestra a continuación:
* vacuno; piel de becerro.
* ovino; piel de cordero.

b) Si se usan los términos de acabado como ante y gamuza, deben indicarse en el mismo tipo de tamaño de letra, primeramente el nombre específico del animal del que proviene y a continuación la palabra acabado. Ejemplos:
  • Ternera acabado ante.
  • Ternera acabado gamuza.
  • Carnaza acabado gamuza.
  • Carnaza acabado ante.
Etiquetado y/o marcado de materiales artificiales o sintéticos
Los materiales terminados con apariencia de piel, cuando se encuentren enrollados se pueden marcar colocando una etiqueta dentro de la bobina y cuando estén en forma de plancha u hojas se deben marcar por medio de etiquetas adheridas o colgadas firmemente. Dichos materiales deben estar marcados con impresión o etiqueta en forma legible y
en lugar visible, ostentando una leyenda en español con los datos que se indican en el presente capítulo.

Nomenclatura
Los materiales y productos terminados a que se refiere esta Norma, deben indicar en sus notas de venta o facturas al mayoreo, el nombre específico o genérico del material principal de los productos terminados, conforme a la terminología indicada en el capítulo 3.
En el caso particular del calzado, el material principal es el corte


En Exportación Certificaciones
Certificado CITES o autorización SEMARNATe inspección PROFEPA(Unicamente cuando se trate de productos y subproductos derivados de las especies de vida silvestre del artículo 1del Acuerdo, que estén listadas en los apéndices de la CITES o en la NOM-059-SEMARNAT-2001 y se destinen al régimen definitivo, temporal o depósito fiscal)


CITAS APA


Comercio Exterior/ Países con Tratados y Acuerdos firmados con México, Secretaria de Economía (2018) Recuperado de https://www.gob.mx/se/acciones-y-programas/comercio-exterior-paises-con-tratados-y-acuerdos-firmados-con-mexico

https://mex-eua.sre.gob.mx/



Logística. (2019). Oportunidades del comercio internacional en México. Obtenido de 
http://www.logisticamx.enfasis.com/articulos/66986-oportunidades-del-comercio-nternacional-mexico

ProMéxico. (2017). México-Estados Unidos. Obtenido de
http://www.promexico.mx/es/mx/tpp-eua

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